ESCUCHAS TELEFONICAS

Sujeto pasivo. El/los imputado/s, sean autores, cómplices o encubridores. ¿TB los terceros de buena fe? DAlemán: sí, si se presume fundadamente que son utilizados por el imputado para transmitir o recibir sus comunicaciones relacionadas con el delito investigado. Nuestro ordenamiento: sí, 579. Comunicaciones de las que se sirvan para la realización de sus fines delictivos.

LA INTERVENCIÓN DE COMUNICACIONES POSTALES, TELEGRÁFICAS Y TELEFÓNICAS

Concepto. Resolución judicial por la que se limita el derecho al secreto de las comunicaciones para la consecución de fines o intereses constitucionalmente protegidos. Resolución judicial motivada, por cuanto limita un derecho fundamental; en forma de auto. Sólo podrá acordarse en el marco de una investigación penal en curso. Detención de la correspondencia postal o
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