RESISTENCIA Y DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD

Los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren gravemente, en el ejercicio de sus funciones. Delito de resistencia. Es una forma residual respecto del delito de atentado (STS 4 mar 2002). Activo, cualquier persona. Pasivo, autoridad o agente de la misma (NO funcionarios públicos;
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